Representantes de Mutual Centro participaron en comisiones del Senado contra la reforma del Impuesto a las Ganancias
María Giovanini y Carolina Viano de Mutual Centro participaron en comisiones del Senado de la Nación haciendo oír su reclamo contra el proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias, y que prevé que la exención a cooperativas y mutuales prevista por la Ley del Impuesto a las Ganancias no será de aplicación a las actividades de crédito y/o financieras o de seguros y/o reaseguros.
De aprobarse esta reforma, repercutirá mucho por ello estuvimos haciendo el reclamo para que no se aplique el artículos 23 de esta ley tributaria explicó Giovanini en diálogo con LA RADIO 102.9.
“La Mutual está en estado de alerta para evitar el porcentaje de aplicación del impuesto a las ganancias”.
“La Mutual colabora mensualmente al club con un subsidio, que en el balance general uno tributa por ganancias y las vamos distribuyendo a lo largo del ejercicio. Esto puede comenzar a impactar con números negativos” explicó.
Giovanini explicó que en la provincia de Santa Fe se ha logrado un consenso, y en Córdoba se está trabajando con las diputadas.
En el sector, esperan que se pueda considerar pago a cuenta de Ganancias lo ingresado en concepto de Impuesto Cooperativo.
Estas entidades estaban en la mira de la AFIP que no tenía potestad de supervisión sobre las mismas, ya que las cooperativas y mutuales hoy caen bajo la sola órbita del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
El INAES depende del Ministerio de Desarrollo Social pero se maneja con un presidente y un directorio de dos vocales por el Estado, dos por las cooperativas y dos por las mutuales.
El funcionamiento de las entidades mutuales se rige por la ley 20.321, de 1973, que en su artículo 29´ contempla que gozan de la exención para el pago de los tributos nacionales, y provinciales, rentas de sus bienes y de los derechos aduaneros por la importación de aparatos, instrumental, drogas y específicos cuando los mismos sean pedidos por las asociaciones mutualistas y destinados a la prestación de sus servicios sociales.
En estos casos el interés o costo financiero total no deberá exceder en más de un punto la tasa de interés del Banco Nación y, en todos los casos, dichos préstamos deberán contar con la autorización administrativa correspondiente. Sin embargo, los préstamos terminaron siendo en algunos casos a altísimas tasas.