Regionales

Morteros y Seeber también implementan el uso de barbijo obligatorio

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Mediante decreto 127/2020, a partir de este martes 14 de abril, la Municipalidad de Morteros, dispone la obligatoriedad del uso de barbijo y/o mascarilla y/o protector facial y/o similares, para circular por la vía pública en todo el ejido de la ciudad de Morteros, así como también para aquellos que ingresen a la ciudad y a los que tengan que atender al público en las actividades autorizadas.

El incumplimiento a la obligación impuesta, será sancionado con Multa de 20 a 50 Unidad de Sanción (Art. 52 Ordenanza N° 3053, cada unidad de sanción equivale a un litro de nafta súper) de acuerdo a la gravedad de la falta y el riesgo creado.

En caso de reincidencia, la sanción se multiplica por la cantidad de sanciones cometidas. 

El Tribunal Administrativo de Faltas podrá eximir de la sanción cuando la infracción se cometiera por una necesidad debidamente acreditada o cuando por causa de riesgo el infractor no pudo evitar cometer la falta.

SEEBER:

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