Fitosanitarios: clausuraron una máquina en la localidad de Balnearia durante controles
La Dirección General de Fiscalización y Control del Ministerio de Bioagroindustria, llevó a cabo controles de oficio en establecimientos agropecuarios cercanos a la localidad de Balnearia, para corroborar el cumplimiento de la Ley N°9164, que regula el uso de la receta fitosanitaria digital y las habilitaciones de los equipos de pulverización y sus operarios.
Durante estas inspecciones, se fiscalizaron depósitos de productos fitosanitarios para asegurar el cumplimiento de las condiciones de infraestructura y operatividad indicadas en el Anexo II del Decreto Reglamentario 132/05.
Como resultado, se procedió a la clausura preventiva de una máquina autopropulsada por no poseer la habilitación vigente y se intimó a los depósitos de fitosanitarios a cumplir con la reglamentación vigente.
Cabe recordar que toda aplicación de productos fitosanitarios debe ser realizada con equipos y operarios habilitados, y prescripta mediante receta fitosanitaria digital emitida por un asesor fitosanitario.
Para denuncias y consultas, se puede visitar la plataforma digital https://dgfyc-mayg.hub.arcgis.com o comunicarse al 0800-888-82476.
Inspecciones en Elena
Asimismo se realizaron inspecciones en forrajerías y veterinarias de la localidad de Elena para verificar el cumplimiento de la Ley Provincial N°6429 de veterinarias, asegurando las correctas habilitaciones e inscripciones.
Durante estas inspecciones, se incautaron 350 productos zooterápicos que se encontraban a la venta en establecimientos sin la debida habilitación ni la dirección técnica de un médico veterinario. Asimismo, se intimó a las veterinarias a regularizar sus habilitaciones ante el Ministerio.
Estas acciones se enmarcan en la Ley Provincial N°5142 y su modificatoria N°6429, que estipulan que los zooterápicos utilizados en veterinaria no pueden ser expendidos en establecimientos sin dirección técnica veterinaria.
También se fiscalizó una sala de extracción de miel para corroborar las condiciones higiénico sanitarias y estructurales, según lo dispuesto en las Resoluciones de SENASA N° 870/06 y 515/16. Se emplazó a acondicionar la infraestructura edilicia para ajustar la forma de producción de miel a los requerimientos del mercado nacional e internacional.