Provinciales

Extienden la fecha para el pago de deudas impositivas hasta en 18 cuotas

¡Compartir es demostrar interés!

  • El beneficio extraordinario estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.
  • Es para el pago de deudas que se encuentren vencidas al 31 de octubre del corriente año y alcanza a todos los impuestos provinciales.
  • La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.

La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia extendió el plazo para el pago de deuda vencida de multas e impuestos provinciales inmobiliario (urbano y rural), automotor, embarcaciones e ingresos brutos.

El beneficio extraordinario, que finalizaba este martes, estará vigente hasta el 31 de enero de 2025 y fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

La medida brinda a los contribuyentes distintos plazos para abonar sus deudas vencidas, pudiendo elegir entre las tres cuotas sin interés y 18 cuotas con una tasa mensual del 1,5%.

Además, no se exigen anticipos; es decir que el plan queda conformado con el pago de la primera cuota.

Los puntos más salientes son:

✔️ Se podrá incluir deuda vencida al 31 de octubre de 2024.

✔️ De este modo, ahora se pueden tener más de dos planes de pago activos.

✔️ Beneficio excepcional: interés de financiación reducido de acuerdo a la cantidad de cuotas.

✔️ El beneficio estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.

✔️ La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.

Las vías de contacto para recibir asesoramiento personalizado son:

  • Web rentascordoba.gob.ar
  • Chat en Línea, ingresando rentascordoba.gob.ar
  • Facebook, ingresando a RentasCba
  • Rentas Te Llama 0800.444.8008, opción 4.
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